Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecer un correcto funcionamiento y una navegabilidad óptima.
Para más información, consulta nuestra política de cookies.
ACEPTAR TODAS LAS COOKIES
CONFIGURAR LAS COOKIES A UTILIZAR
Seguridad, promoción de la actividad económica y el empleo  >  Adeje Impulsa  >  Empresas  >  Actualidad  > Subvenciones Destinadas a la Puesta en Marcha de Iniciativas Empresariales 2022
 

Subvenciones Destinadas a la Puesta en Marcha de Iniciativas Empresariales 2022

23 MAYO 2022


El Cabildo de Tenerife convoca las Subvenciones destinadas a sufragar los gastos en que incurran por su inicio de actividad, las pequeñas empresas (PYME) que generen empleo en la isla de Tenerife, prioritariamente aquellas que tengan carácter industrial.

Beneficiarios

Personas físicas, jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y agrupaciones de personas que hubieran puesto en marcha o pretendan poner en marcha una iniciativa empresarial entre el 1 de enero de 2021 y el 30de septiembre de 2022, que cumplan los requisitos establecidos en las Bases reguladoras.

Gastos Subvencionables

A) Podrá destinarse hasta el 100% de la subvención que se conceda (máximo 8.000,00 €) a financiar:

               a) Gastos de creación de la empresa

- Honorarios de letrados, notarios y registradores en los que se hubiera incurrido por la constitución de la entidad solicitante.

- Tributos de las Haciendas Locales vinculados al inicio de actividad (Tasas de Licencia de Apertura y Cartel) o al funcionamiento normal de la misma. Concretamente los de Recogida de Basuras y Vado. 

                b) Gastos de explotación

Gasto en arrendamientos

Cuotas de Seguridad Social en el RETA de la persona o personas promotoras de la iniciativa,

Primas de seguro sobre bienes afectos a la actividad de la empresa o por responsabilidad civil de la misma

B) Podrá destinarse hasta un máximo del 80% de la subvención que se conceda, a financiar:

Gastos de explotación:

Gastos de reparación y conservación en el local de negocio

Servicios de profesionales relacionados con el desarrollo de proyectos técnicos necesarios para la adecuación del local de la empresa para el desarrollo de su actividad.

Servicios de profesionales tales como: asesorías contables, fiscales, laborales, financieros, etc., recibidos con carácter regular o periódico

Publicidad y propaganda 

Software comercial

C) Para ser subvencionables, los gastos han de acometerse y pagarse, en el período comprendido entre el 1 de enero del año anterior a aquel al que se refiera la correspondiente Convocatoria, incluso en el supuesto de que ésta se publique anticipadamente, y el 30 de septiembre del año a que se refiere la convocatoria.

Además, han de verificar los siguientes requisitos:

 Tener una relación directa e indubitada con la actividad subvencionada, con el proceso productivo de la empresa y ser adecuados a los objetivos de las presentes Bases.

 Ser necesarios para llevar a cabo el proyecto subvencionado.

 En ningún caso el precio de los gastos puede ser superior al valor del mercado.

 No pueden corresponderse con productos o servicios de la misma naturaleza que los comercializados por lo propia empresa beneficiaria.

 

D. Cuando el importe de un gasto subvencionable supere la cuantía de 15.000,00 €, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a adquirir el compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. En ningún caso se considerará subvencionable cualquier gasto distinto de los relacionados en esta Base. 


Cuantía


El crédito presupuestario aprobado para esta convocatoria asciende a DOSCIENTOS CUARENTA MIL
EUROS (240.000,00 euros) distribuido entre las anualidades 2022 y 2023, declarado como ampliable hasta en otros CIEN MIL EUROS (100.000,00 euros) en función de la disponibilidad de crédito como consecuencia de alguna de las circunstancias reglamentariamente establecidas.


En ningún caso, la subvención que se conceda, por si sola o en adición a otras subvenciones que pueda obtener el solicitante para el mismo fin, podrá superar el 100% de los gastos o inversiones subvencionables.
 

La subvención mínima a otorgar dependerá del número de puestos de trabajo indefinidos a jornada completa(incluidas altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de las personas promotoras) que se pretendan crear.


- De 1 a 3 puestos de trabajo: 3.500,00 euros.
- De 4 a 10 puestos de trabajo: 5.250,00 euros.


La cuantía de esta subvención podrá verse incrementada sobre los importes mínimos señalados anteriormente, en proporción al aumento de los gastos mínimos subvencionables señalados en la Base 3a.B.1.c), de las reguladoras de la presente convocatoria hasta los siguientes importes máximos.


- Si la iniciativa prevé la creación de 1 a 3 puestos de trabajo con carácter indefinido (incluido el de los propios promotores que estuvieran desempleados) a jornada completa, y ninguno de ellos se destina a una persona con grado de discapacidad reconocida del 33% o más, la cuantía máxima de la subvención será 4.000,00 euros.


- Si la iniciativa prevé la creación de 4 a 10 puestos de trabajo con carácter indefinido (incluido el de los propios promotores que estuvieran desempleados) a jornada completa y ninguno de ellos se destina a una persona con grado de discapacidad reconocida del 33% o más, la cuantía máxima de la subvención será 6.000,00 euros.


- Si la iniciativa prevé la creación de 1 a 3 puestos de trabajo con carácter indefinido (incluido de los propios promotores que estuvieran desempleados) a jornada completa y alguno de estos puestos se destina a una persona con grado de discapacidad reconocida del 33% o más, la cuantía máxima de la subvención será 6.000,00 euros.


- Si la iniciativa prevé la creación de 4 a 10 puestos de trabajo con carácter indefinido (incluido el de los propios promotores que estuvieran desempleados) a jornada completa y alguno de estos puestos se destina a una persona con grado de discapacidad reconocida del 33% o más, la cuantía máxima de la subvención será 8.000,00 euros.


Plazo de presentación de solicitudes


Será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES a computar a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Se ha ampliado el plazo hasta el 14/06/2022. 


Plazo de justificación de las subvenciones concedidas


Entre el día siguiente a la publicación de la resolución por la que se resuelva la convocatoria y hasta el 31 de octubre de 2022. Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del plazo de justificación. Asimismo, se deberá cumplir con el compromiso de creación de empleo manifestado en el anexo 4 de la solicitud, antes de la finalización del citado plazo.


Abono

El pago de la subvención, se realizará previa justificación por la persona beneficiaria de la realización de los gastos para los que se concedió, en los términos establecidos en las Bases Reguladoras.

Otros datos:

Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de Tenerife, que se encuentra a disposición de los interesados en la sede electrónica (https://sede.tenerife.es), apartado de Trámites y Servicios

La documentación a presentar junto con la solicitud será la relacionada, según la personalidad jurídica del solicitante, en el Anexo 1 de las Bases Reguladoras, la cual habrá de estar debidamente firmada por la persona solicitante o su representante legal.

Enlace con bases reguladoras y anexos: https://sede.tenerife.es/es/tramites-y-servicios/17-tramites-destacados/8609-subvencion-destinada-a-la-puesta-en-marcha-de-iniciativas-empresariales-2022


C/ Grande, 1   38670, Adeje
Horario: 8:00 - 15:00 h