Servicio de Atención al Ciudadano
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Nota informativa en relación al procedimiento de pago a proveedores







Obligaciones pendientes de pago a proveedores y aceptación del procedimiento de pago.

Según lo establecido en el Artículo 4 del RealDecreto-ley 4/2012 de 24 febrero 2012, desde esta página le ofrecemos un acceso al portal desde el que podrá consultar, con certificado electrónico, su inclusión en la relación certificada remitida al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.


https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aduanas/asweb/menu_EELL_ProInternet.html


      Los proveedores cuyos derechos de cobro estén recogidos en la relación certificada deberán seguir las instrucciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para para hacer efectivo el cobro, los proveedores podrán dar su aceptación al mecanismo de financiación del RD Ley 4/2012 mediante dos opciones :


      Vía telemática . Hasta el 22 de Abril con firma electrónica en la aplicación la AEAT:

      www.aeat.es


       De manera presencial. Hasta el día 20 de Abril , presentando en registro de entrada de este ayuntamiento el modelo de comunicación siguente:

Comunicación de Aceptación del Cobro de las Obligaciones Pendientes de Pago dentro del Plan de Pago a Proveedores (RD Ley 4/2012)

      Sólo en el caso de no estar incluido en la relación o de que existan errores en la misma, podrá solicitar la emisión de un certificado individual utilizando para ello el siguente modelo :

Solicitud del certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago a cargo del Ayuntamiento de Adeje (Impreso adaptado al anexoI de la Orden HAP/537/2012, de 9 de marzo, por la que se aprueban los modelos previstos en el Real Decreto-ley4/2012, de 24 de febrero)

Atención!!!! Por cada una de las facturas cuya certificación se solicite, deberá presentarse el modelo de solicitud de certificado individual aprobado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas .

Mas información: www.minhap.es




Pago a Proveedores

Publicación Bando de Ocio Nocturno






Don José Miguel Rodríguez Fraga, Alcalde - Presidente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Adeje, en uso de las facultades conferidas en el artículo 21.1 e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local,

HACE SABER QUE:

El Ayuntamiento de Adeje es consciente de la proliferación de nuevas manifestaciones de ocio, entre las que se encuentra el fenómeno conocido popularmente como "botellón", que consiste en la concentración o concurrencia de personas en determinados espacios públicos abiertos, fundamentalmente los fines de semana, para consumir bebidas, escuchar música o hablar, y que afecta a numerosos municipios del país.
Igualmente, se ha observado un aumento de la celebración de macrofiestas convocadas por diversos medios (correos electrónicos, mensajes sms, etc.) en lugares distintos a los establecimientos habilitados al efecto o, en este último caso, sin contar con las preceptivas autorizaciones administrativas por parte de sus organizadores.

Tales concentraciones conllevan en muchos casos la ingesta de bebidas alcohólicas, incluidos los menores de edad, un alto nivel de ruido, una gran acumulación de basura y desechos y otros hábitos poco saludables que, junto a otros problemas derivados de esta práctica inciden negativamente en la seguridad ciudadana, en la imagen de un destino turístico de primer orden como el de Costa Adeje, en el normal desarrollo de la convivencia ciudadana, así como en la propia salud e integridad física, tanto de quienes practican el "botellón" o asisten a dichas macrofiestas como los que residen en las inmediaciones del mismo.

Este Ayuntamiento, a la vista de lo expuesto, está en la obligación de cumplir y hacer cumplir las ordenanzas municipales y demás legislación autonómica y estatal vigente en la materia, en orden a garantizar la seguridad ciudadana y el absoluto respeto al normal desenvolvimiento de la convivencia.

Por consiguiente, y de conformidad con lo anterior, se recuerda que está prohibida la práctica del "botellón" en todo el término municipal, así como la celebración de macrofiestas fuera de los establecimientos habilitados al efecto y, en este último caso, sin que cuenten con las preceptivas autorizaciones administrativas; esperando que tal decisión sea respetada por los ciudadanos y los sectores implicados, advirtiendo expresamente que este Ayuntamiento, a través de la Policía Local y en colaboración con el resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, intervendrá en caso de resultar necesario e impondrá las sanciones que correspondan, conforme a Ley, en caso de contravención de esta prohibición.

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento en la Villa de Adeje, a veintisiete de
de octubre de dos mil diez.


Bando de ocio nocturno

Creación del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Adeje.









Administración Electrónica

Creación de la sede electrónica del Ayuntamiento de Adeje.






En cumplimiento de la Ley 11/2007,de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos
a los Servicios públicos .



Sede Electrónica del Ayuntamiento de Adeje
De interés
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